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Cursos bonificados para empresas

Cualquier empresa que tenga trabajadores dados de alta en el régimen general puede hacer cursos de formación sin que le suponga ningún coste -Real Decreto 1046/2003, de 1 de Agosto..

El llamado “crédito formativo” da derecho a las empresas a hacer cursos cuyo coste se descuenta la empresa de sus pagos a la Seguridad Social. El crédito formativo no es acumulable, debe usarse antes de finalizar el año; si no se usa, la empresa lo pierde (se queda en la Seguridad Social para su uso en otras empresas).

Las bonificaciones para Formación tienen un tope anual: El máximo bonificable se calcula en función de la cantidad anual ingresada por la empresa en concepto de Formación Profesional y del número medio de trabajadores en plantilla del año anterior. De esta forma, cualquier empresa puede conocer cada año la cantidad bonificable de la que dispone.

Mejora Continua como Entidad Organizadora de acciones formativas homologada por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo puede gestionar las bonificaciones de su empresa sin coste adicional.